¿Que requisitos debo reunir para opositar a Policía Local en Cantabria?
Si deseas opositar a Policía Local en Cantabria debes reunir los siguientes requistos: Ley de Cantabria 9/2022 de 27 de diciembre de Coordinación De Policías Locales de Cantabria
- a) Tener nacionalidad española.
- b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación.
- c) Estar en posesión de la titulación académica requerida. Actualmente titulo bachiller o técnico para la categoría de policía local y certificado de escolaridad para la categoría de auxiliar de policía local.
- d) No hallarse incluido en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica que impidan o menoscaben la capacidad funcional u operativa necesaria para el desempeño de las tareas propias de la Policía, en relación con el cuadro de exclusiones que reglamentariamente se determine.
- e) Estar en posesión de los permisos de conducción B así como el actual permiso A2 (o el antiguo permiso A).
- f) Compromiso de portar armas y, en su caso, de llegar a utilizarlas, que se prestará me- diante declaración del solicitante.
- g) No haber sido condenado por delito doloso a menos que se hubiera obtenido la cancela- ción de antecedentes penales o la rehabilitación.
- h) No haber sido separado del servicio de la Administración General del Estado, de la administración autonómica, local o institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funcio- nes públicas, salvo que hubiera sido debidamente rehabilitado.
- Todos los requisitos deberá reunirlos el aspira
Nota: Desde el 31-12-2014 NO existe límite de edad para opositar a Policía Local en Cantabria
Nota 2: SUPRIMIDO por la Ley de Cantabria 9/2022 de 27 de diciembre de Coordinación De Policías Locales de Cantabria, a estatura mínima exigida .
Todos los requisitos deberá reunirlos el aspirante en la fecha en que finalice el plazo para la presentación de instancias de la convocatoria correspondiente.
- ¿De que pruebas consta la oposición a Policía Local?
Antes de nada debes saber que el ingreso a los Cuerpos de Policía Local se realizará mediante oposición libre a la categoría de Policía. Las provisión de plazas de superior categoría (oficial, subinspector, etc) se reserván a promoción interna o movilidad, salvo excepciones (que no se puedan cubrir las plazas por los sistemas anteriores).
Si reunes los requisitos anteriores y decides opositar a una plaza de Policía Local resulta fundamental conocer las distintas pruebas de las que consta la oposición.
La oposición para la categoría de Policía consta de las siguientes pruebas:
Pruebas físicas: orientadas a comprobar que los aspirantes reunen las condiciones físicas adecuadas para el puesto de Policía Local. Tanto las pruebas físicas exigidas como la púntuación de las mismas aparece recogido en las bases de la convocatoria que pública cada Ayuntamiento en el Boletín Oficial de Cantabria. Algunas de las pruebas exigidas suelen ser: dominadas, carrera de 1000 metros, carrera de 60 metros, flexiones de brazos, natación, salto de longitud a pies juntos, etc. Esta prueba se suele puntuar de 0 a 10 puntos.
Pruebas psicotecnicas: orientada a comprobas aptitudes y rasgos de personalidad de los aspirantes, mediante la realización de test psicotécnicos que se calificarán como “apto o “no apto”, siendo eliminados los calificados como “no apto”.
Prueba de conocimientos: consiste en ejercicios tipo test o bien contestar por escrito temas o preguntas que figurén en las bases de la convocatoría. Los temas exigidos aparecen recogidos en las bases de la convocatoria. Esta prueba se califica de 0 a 10 puntos siendo eliminados los que no alcancen los 5 puntos. El número mínimo de temas es de 40 para oposición a Policía Local y 10 para oposición a Auxiliar de Policía Local.
Supuesto Práctico Policial: consiste en contestar por escrito un supuesto práctico relacionado con función policial. Esta prueba suele calificarse de 0 a 10 puntos siendo eliminados los que no alcancen los 5 puntos.
Reconocimiento Médico: orientado a comprobar que no concurren causas de exclusión médica. Esta prueba se califica como “apto” o “no apto” siendo eliminados los calificados como “no aptos”.
Entrevista personal. Si bien no es obligatoria ni habitual, algunas convocatorias pueden exigir la realización de una entrevista personal.
El orden de realización de las pruebas anteriores depende del ayuntamiento convocante. Tambien suele ser frecuente que antes de realizar las pruebas físicas de la oposición, se exija al opositor un certificado médico extendido en impreso oficial (se adquiere en farmacias) y firmado por un médico en ejercicio (si tu médico de cabecera no te lo hace, puedes acudir a un centro médico para la renovación de permisos de conducir, armás, etc). En el certificado médico debe hacerse constar expresamente que el opositor reúne las condiciones físicas y sanitarias precisas para realizar las pruebas físicas que figuran específicamente en las bases. Esto último es fundamental ya que posiblemente no se aceptará ningún certificado médico cuya redacción no se ajuste a lo exigido en las bases de la convocatoria
Terminada la oposición, el tribunal calificador propondrá, por ordén de puntuación, un número de aspirantes coincidentes con las plazas ofertadas en las bases de la convocatoria. Dichos aspirantes dispondrán de un plazo de 20 días para presentar la documentación exigida en las bases de la convocatoria, tras lo cual serán nombrados funcionarios en prácticas hasta que superen un curso básico de formación en la Escuela Autonómica de Policía Local de Cantabria.
Dicho curso se organiza anualmente. El curso básico suele compaginarse con la realización de servicio policial en la calle. En este periodo de prácticas no suele haber diferencias retributivas respecto a los policias locales de carrera (“fijos”).
Una vez superado el periodo de formación, los policias en prácticas serán nombrados funcionarios de carrera.
Respecto a la figura de los Auxiliares de Policía, estos solo pueden existir en municipios donde no exista Cuerpo de Policía Local, (pequeños municipios) y desempeñan funciones de vigilancia y custodia de bienes, servicios e instalaciones.
Tambien podrán disponer de auxiliares de policía local con caracter temporal (máximo 4 meses al año), los municipios que aumenten su población estacional (municipios turisticos).
- En una oposición a Policía Local, ¿me dan puntos extras por haber realizado cursos o haber trabajado como Policía Local?
En el caso de Cantabria, el ingreso a los Cuerpos de Policía Local como funcionario de carrera (fijo, no con caracter temporal) se realiza por oposición libre, es decir, mediante la realización de pruebas eliminatorias, no valorándose para el ingreso el haber realizado cursos o acreditar experiencia previa como Policía Local o similar. Esto lo podéis comprobar en las bases de la convocatoria y vereís como no se valora cursos, experiencia, etc.
Cosa distinta suelen ser los procesos selectivos para contratar Auxiliares de Policía Local “de verano” (contratados 4 meses al año en municipios turisticos) en el que se suele valorar, entre otras cosas, cursos relacionados con la Policía, experiencia, etc, pero como hemos dicho suele ser para plazas de caracter temporal.
- ¿Como puedo opositar a Policía Local?.
Las bases de la convocatoria aparecen publicadas en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) (seccion 2 “Autoridades y Personal”, punto 2.2 “Cursos, oposiciones y concursos”). Estas bases son públicadas por los AyuntAamientos que ofertan plazas de Policía Local y regulan todo lo referente a la oposición (pruebas a realizar, temario exigido, baremo de puntuación, etc). Si vas a opositar a Policía Local es importante que revises habitualmente el BOC para estar informado de las oposiciones convocadas. (ver ejemplo de bases de convocatoria publicada en el BOC)
Una vez expuesto en el BOC las bases de la convocatoria se públicará el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE) (seccion II-B “Autoridades y Personal, Oposiciones y Concursos”, “Admnistración Local”) . A partir del día siguiente a la públicacion de ese anuncio en el BOE se abre un plazo de 20 días para presentar instancias solicitando participar en la oposición.
Las instancias podrán presentarse directamente en el registro del Ayuntamiento convocante según modelo establecido en las bases de la convocatoria publicada en el BOC. Si no te viene bien esta opción debes saber que tambien puedes presentar la instancia a traves de las oficinas de correos y en los registros de la Administracion del Estado, de la Comunidad Autonoma y de aquellos Ayuntamientos que tengan suscrito convenio al respecto. (ver un modelo de instancia)
A la instancia adjuntaremos la documentación que se exiga en las bases (fotocopia DNI, justificante de pago de tasas de examen, etc) y exigiremos justificante en el que conste la fecha de presentación de la misma (normalmente copia de la instancia sellada y fechada por el orgáno que la registra).
Si hay algún defecto en la instancia o bien se te ha olvidado adjuntar algún documento exigible, no te preocupes ya que en el BOC se publicará la lista provisional de admitidos y excluidos, concediendote, si estuvieras excluido, un plazo de 10 días para que subsanes los defectos y/o presentes la documentación exigida. (ver ejemplo de lista provisional de admitidos y excluidos). Si trancurrido dicho plazo de 10 días no subsanas los defectos, se te declarará excluido de la oposición.
Finalmente se publicará en el BOC la composición del tribunal y la fecha de comienzo de la oposición (ver ejemplo). Los sucesivos llamamientos se realizarán a través de los tablones de anuncios del Ayuntamiento convocante.
Ten en cuenta que las pruebas no podrán comenzar hasta que haya transcurrido 2 meses desde la publicación de las bases de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC). A título orientativo, desde la publicación de las bases de la convocatoria en el BOC hasta la fecha de comienzo e la 1ª prueba suelen trancurrir unos 6 meses de media.
Con objeto de facilitarte lo anterior hemos dispuesto en esta web un listado de las oposiciones a Policía Local más recientes en la que podrás consultar las bases, conocer el plazo de presentación de instancias, lista admitidos y excluidos, fecha de comienzo de pruebas, etc. (ver listado)
- ¿Cual es la mejor forma de preparar las oposiciones a Policía Local?
Puedes preparar la oposición, bien por tu cuenta o bien acudiendo a una academia de preparación de oposiciones. En ambos casos en fundamental la correcta organización de tu tiempo con objeto de preparar adecuadamente las distintas pruebas de las que consta la oposición. Una academia te facilitará el temario a estudiar, test psicotécnicos y te preparará en la realización de supuestos prácticos policiales. Así mismo, si tuvieras problemas para superar las pruebas físicas no estaría de mas que te pusieras en manos de un preparador físico (por ejemplo: monitor de gimnasio) que te elabore un entrenamiento personalizado y adecuado a tus necesidades.
Si optas por preparar por tu cuenta la oposición ten en cuenta que en Internet existen gran variedad de recursos que te ayudarán en tu preparación (temario, supuestos prácticos, test psicotécnicos). En esta web hemos incluidos algunos sitios web que puede resultar muy útiles en tu preparación.
- Oposiciones a otros Cuerpos Publicos de Seguridad en Cantabria:
Si el puesto de Policía Local no te convence o no tienes la titulación exigida, tienes la posibilidad de opositar a otros Cuerpos de Vigilancia como son los Agente de Movilidad del Ayto. de Santander o Policía Portuaria dependiente de la Autoridad Portuaria de Santander.
Los Agentes de Movilidad son agentes de la autoridad cuya función es ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en las normas de circulación. La titulación exigida para acceder es Graduado Escolar, FP I o titulación equivalente o superior. En Cantabria solo existen Agentes de Movilidad en el Ayto. de Santander. Si deseas información de las bases de la ultima convocatoria (2006) pincha aqui.
Policía Portuaria dependiente la Autoridad Portuaria Santander (Ministerio de Fomento) realizan funciones de control, vigilancia, regulación del trafico, policia administrativa, etc. en el recinto portuario. La titulación exigible es Graduado en Educación Secundaria, FP grado medio o titulación equivalente o superior. Respecto a la edad se exige un mínimo de 18 años y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación. Para más información puedes ver las bases de la última convocatoria (2008)
De la convocatoria de estas plazas tambien informamos en nuestra sección Plazas Convocadas.
Esperamos que esta información te haya sido de utilidad. Si deseas ampliar información o hacernos cualquier sugerencia u aclaración al respecto envíanos un correo a la dirección aplb@aplbcantabria.es Animo y esperamos tenerte pronto como compañero.